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Terreno ejidal: ¿quién lo puede comprar?

Depende del papel, no del precio.

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En los terrenos ejidales lo que decide quién puede comprar es el papel que tienen. Esto es lo que dice la Ley Agraria, con sus artículos.

Terreno ejidal: ¿quién lo puede comprar?

Depende del papel, no del precio.

  • Parcela con certificado parcelario: solo la compran ejidatarios o avecindados del mismo ejido (artículo 80).
  • Para alguien de fuera, primero se adopta el dominio pleno (artículos 81 y 82); en la primera venta, familia, ejidatarios y avecindados tienen derecho del tanto (artículo 84).
  • Las tierras de uso común no se venden (artículo 74).
  • El solar con título inscrito en el Registro Público se compra como propiedad privada (artículos 68 y 69).

Fuente: Ley Agraria, última reforma DOF 14-11-2025. Orientativo: no sustituye la asesoría de un notario o de la Procuraduría Agraria.

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